Escritura de compraventa
Servicio de redacción de escritura pública de compraventa.
I. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de Redacción de Escritura de Compraventa (Al Contado) tiene por objeto la confección e instrumentación jurídica del contrato definitivo y traslaticio de dominio que perfecciona la transferencia de propiedad de un bien raíz, aplicable de forma exclusiva a transacciones cuya modalidad de pago sea al contado. El propósito fundamental de este producto es plasmar con estricta rigurosidad técnico-legal la voluntad final de las partes, garantizando el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por la normativa vigente para asegurar un título idóneo que sea admitido sin reparos ante el Conservador de Bienes Raíces (CBR).
II. ALCANCE GENERAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Nuestra Área Legal estructurará el instrumento definitivo bajo las siguientes especificaciones:
Exclusividad Operacional al Contado: La prestación de este servicio se limita únicamente a operaciones de compraventa inmobiliaria al contado. Se explicita que en aquellas operaciones que involucren el otorgamiento de un crédito hipotecario, la redacción de la escritura matriz corresponderá legalmente a la fiscalía del banco respectivo.
Incorporación de Cláusulas Estándar y Resguardos: Inclusión rigurosa de estipulaciones sobre la individualización de las partes, deslindes e inscripciones previas del inmueble, determinación exacta del precio, entrega material, saneamiento por evicción y la designación de facultades para requerir la inscripción en el CBR.
Cláusulas de Protección Personalizadas: Diseño y adición de estipulaciones a la medida según los requerimientos del cliente, orientadas a blindar la operación en materias críticas como plazos de entrega, hitos de restitución, multas y eventuales vicios redhibitorios.
Estándar de Calidad: Aplicación de una técnica de redacción impecable, clara y sin ambigüedades respecto al precio, plazos de ejecución y obligaciones recíprocas de los comparecientes.
III. PLAZOS DE ENTREGA Y TRATAMIENTO DE MODIFICACIONES
Plazo Estándar de Entrega: La entrega del borrador inicial de la escritura definitiva se efectuará en un plazo máximo de 48 horas hábiles, contadas desde la recepción conforme de los antecedentes e instrucciones completas por parte del Área Legal.
Instancia de Ajuste y Flexibilidad: El servicio contempla una etapa de revisión y entrega de borrador para los comentarios del cliente. Todas las modificaciones, correcciones o enmiendas solicitadas por las partes se encuentran incluidas sin costo adicional dentro del alcance del servicio, operando de forma continua hasta la conformidad definitiva del instrumento.
Servicio de Modificación Urgente (Express): En caso de requerirse una adecuación o rectificación de carácter inmediato sobre un borrador ya emitido durante la fase de cierre en el mesón de la notaría, el cliente podrá solicitar una tramitación prioritaria previo pago de un arancel de 0.5 UF. Bajo esta modalidad, el Área Legal se compromete a hacer entrega del documento modificado en un plazo máximo de 2 horas hábiles.
IV. EXCLUSIONES EXPRESAS
Arancel Notarial de Firma: Se excluye expresamente del valor del servicio el pago del arancel cobrado por la Notaría Pública por concepto de firmas, autorización, inserción, copias o protocolización del documento. Dichos montos deberán ser cubiertos de forma directa por el cliente ante el ministro de fe.
Estudio de Títulos Previo: Este servicio comprende estrictamente la instrumentación y redacción de la escritura definitiva de compraventa. No incluye la confección del Estudio de Títulos del inmueble, el cual constituye un producto jurídico independiente.
Qué incluye y condiciones
El servicio de Redacción de Escritura de Compraventa (Al Contado) tiene por objeto la confección e instrumentación jurídica del contrato definitivo y traslaticio de dominio que perfecciona la transferencia de propiedad de un bien raíz, aplicable de forma exclusiva a transacciones cuya modalidad de pago sea al contado. El propósito fundamental de este producto es plasmar con estricta rigurosidad técnico-legal la voluntad final de las partes, garantizando el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por la normativa vigente para asegurar un título idóneo que sea admitido sin reparos ante el Conservador de Bienes Raíces (CBR).
I. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de Redacción de Escritura de Compraventa (Al Contado) tiene por objeto la confección e instrumentación jurídica del contrato definitivo y traslaticio de dominio que perfecciona la transferencia de propiedad de un bien raíz, aplicable de forma exclusiva a transacciones cuya modalidad de pago sea al contado. El propósito fundamental de este producto es plasmar con estricta rigurosidad técnico-legal la voluntad final de las partes, garantizando el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por la normativa vigente para asegurar un título idóneo que sea admitido sin reparos ante el Conservador de Bienes Raíces (CBR).
II. ALCANCE GENERAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Nuestra Área Legal estructurará el instrumento definitivo bajo las siguientes especificaciones:
Exclusividad Operacional al Contado: La prestación de este servicio se limita únicamente a operaciones de compraventa inmobiliaria al contado. Se explicita que en aquellas operaciones que involucren el otorgamiento de un crédito hipotecario, la redacción de la escritura matriz corresponderá legalmente a la fiscalía del banco respectivo.
Incorporación de Cláusulas Estándar y Resguardos: Inclusión rigurosa de estipulaciones sobre la individualización de las partes, deslindes e inscripciones previas del inmueble, determinación exacta del precio, entrega material, saneamiento por evicción y la designación de facultades para requerir la inscripción en el CBR.
Cláusulas de Protección Personalizadas: Diseño y adición de estipulaciones a la medida según los requerimientos del cliente, orientadas a blindar la operación en materias críticas como plazos de entrega, hitos de restitución, multas y eventuales vicios redhibitorios.
Estándar de Calidad: Aplicación de una técnica de redacción impecable, clara y sin ambigüedades respecto al precio, plazos de ejecución y obligaciones recíprocas de los comparecientes.
III. PLAZOS DE ENTREGA Y TRATAMIENTO DE MODIFICACIONES
Plazo Estándar de Entrega: La entrega del borrador inicial de la escritura definitiva se efectuará en un plazo máximo de 48 horas hábiles, contadas desde la recepción conforme de los antecedentes e instrucciones completas por parte del Área Legal.
Instancia de Ajuste y Flexibilidad: El servicio contempla una etapa de revisión y entrega de borrador para los comentarios del cliente. Todas las modificaciones, correcciones o enmiendas solicitadas por las partes se encuentran incluidas sin costo adicional dentro del alcance del servicio, operando de forma continua hasta la conformidad definitiva del instrumento.
Servicio de Modificación Urgente (Express): En caso de requerirse una adecuación o rectificación de carácter inmediato sobre un borrador ya emitido durante la fase de cierre en el mesón de la notaría, el cliente podrá solicitar una tramitación prioritaria previo pago de un arancel de 0.5 UF. Bajo esta modalidad, el Área Legal se compromete a hacer entrega del documento modificado en un plazo máximo de 2 horas hábiles.
IV. EXCLUSIONES EXPRESAS
Arancel Notarial de Firma: Se excluye expresamente del valor del servicio el pago del arancel cobrado por la Notaría Pública por concepto de firmas, autorización, inserción, copias o protocolización del documento. Dichos montos deberán ser cubiertos de forma directa por el cliente ante el ministro de fe.
Estudio de Títulos Previo: Este servicio comprende estrictamente la instrumentación y redacción de la escritura definitiva de compraventa. No incluye la confección del Estudio de Títulos del inmueble, el cual constituye un producto jurídico independiente.